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LECrim y Derecho Procesal Penal

Detención, habeas corpus, Ministerio Fiscal y Policía Judicial

El Derecho Procesal Penal es la rama del ordenamiento que regula el ejercicio del ius puniendi del Estado: cómo se investigan los hechos delictivos, qué órganos intervienen, qué garantías asisten al imputado y cómo se llega a una sentencia. Su norma matriz es la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), publicada como Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 y vigente desde entonces. Es una de las normas más longevas del ordenamiento español: pese a haber sido modificada cientos de veces (con reformas mayores en 1988, 2002, 2015 y posteriores), conserva la estructura y la numeración del texto decimonónico.

La LECrim se estructura en siete libros: disposiciones generales, sumario (instrucción), juicio oral, recursos, procedimientos especiales, ejecución y procedimiento por delitos leves. Articula los dos grandes cauces del proceso penal español: el procedimiento ordinario para delitos castigados con pena superior a 9 años (arts. 299 y ss.) y el procedimiento abreviado para los castigados con pena no superior a 9 años (arts. 757 y ss., el más habitual en la práctica). A ellos se suman el procedimiento ante el Tribunal del Jurado (LO 5/1995), el procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos (arts. 795 y ss.) y el procedimiento por delitos leves (arts. 962 y ss., antiguas faltas).

El esqueleto del proceso penal son tres fases: instrucción (investigación bajo dirección del juez de instrucción para preparar el juicio o sobreseer), juicio oral (debate contradictorio ante el órgano competente con prueba y sentencia) y recursos (apelación, casación, revisión). Los principios informadores son el principio de legalidad (nulla poena sine iudicio), el principio de oficialidad (acción penal de ejercicio público), el principio acusatorio (no hay juicio sin acusación, separación juez/parte acusadora), el principio de contradicción (audiencia bilateral), el derecho de defensa (art. 24 CE) y la presunción de inocencia (art. 24.2 CE).

El bloque procesal penal del tema 21 del temario de CNP Escala Básica se construye sobre cuatro ejes: la detención y sus plazos (art. 17 CE y arts. 489-501 LECrim), los derechos del detenido del art. 520 LECrim, el procedimiento de habeas corpus de la LO 6/1984, de 24 de mayo (desarrollo del art. 17.4 CE) y la organización del Ministerio Fiscal (Ley 50/1981, art. 124 CE) y de la Policía Judicial (arts. 282-298 LECrim y arts. 547-550 LOPJ).

El estudio del Derecho Procesal Penal no puede hacerse de espaldas a sus normas complementarias: la Constitución Española de 1978 (arts. 17 sobre libertad personal, 24 sobre tutela judicial efectiva, 117 sobre Poder Judicial y 124 sobre Ministerio Fiscal), el Código Penal de 1995 (LO 10/1995) como derecho sustantivo, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LO 6/1985, de 1 de julio) sobre organización de los órganos jurisdiccionales y la propia LO 6/1984 sobre habeas corpus. En este hub encontrarás las guías sobre los conceptos más preguntados (detención y plazos, derechos del art. 520, habeas corpus, Policía Judicial, Ministerio Fiscal y prisión provisional), las reglas mnemotécnicas validadas (REXONA 72 HORAS, NARCISISTA, JUEZ DIMITIÓ en el CHAD, LUDI, FARO) y las fichas de las oposiciones donde está respaldado como materia obligatoria.

0 Esquemas
6 Guías y artículos
5 Reglas mnemotécnicas
2 Oposiciones

Guías y artículos

Artículos satélite y guías de estudio sobre conceptos clave.

Fuentes oficiales

La LECrim ha sido modificada cientos de veces desde 1882: trabajar siempre sobre texto consolidado y comprobar literalidad de artículos en BOE antes de memorizar.

Fuente oficial BOE: Ley de Enjuiciamiento Criminal (texto consolidado)

Texto consolidado de la LECrim de 14 de septiembre de 1882 con todas sus reformas. Contiene los artículos clave del Tema 21: detención (arts. 489-501), derechos del detenido (art. 520), prisión provisional (arts. 502-519) y Policía Judicial (arts. 282-298).

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Fuente oficial BOE: LO 6/1984, reguladora del procedimiento de habeas corpus

Ley orgánica que desarrolla el art. 17.4 de la Constitución: legitimación activa, juez competente, procedimiento, plazo de 24 horas y resoluciones posibles. Norma corta (9 artículos) cuya literalidad cae en oposiciones.

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Fuente oficial BOE: LO 6/1985, del Poder Judicial (LOPJ)

Texto consolidado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Recoge la organización de los órganos jurisdiccionales y, en los arts. 547-550, la regulación específica de la Policía Judicial y la UCDPJ.

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Fuente oficial BOE: Ley 50/1981, Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal

Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal: principios de actuación (legalidad, unidad, dependencia jerárquica, imparcialidad), funciones, estructura (FGE, Consejo Fiscal, Junta de Fiscales de Sala) y régimen estatutario.

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Fuente oficial Fiscal.es: sede oficial del Ministerio Fiscal

Sede institucional del Ministerio Fiscal en España. Información sobre la Fiscalía General del Estado, las fiscalías territoriales y especiales, las memorias anuales y la doctrina interpretativa.

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Fuente oficial Poder Judicial: sede del Consejo General del Poder Judicial

Sede del CGPJ: organización de juzgados y tribunales, jurisprudencia (CENDOJ), estadística judicial y memorias. Útil para contextualizar el papel de los órganos de la jurisdicción penal.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el Derecho Procesal Penal y cuál es su norma matriz?

Es la rama del ordenamiento que regula cómo se investigan y enjuician los delitos. Su norma matriz es la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada por Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, una de las leyes más longevas del ordenamiento español. Aunque conserva la numeración decimonónica, ha sido modificada cientos de veces para adaptarla a la Constitución de 1978 y a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

¿Cuál es el plazo máximo de la detención policial?

El art. 17.2 de la Constitución y el art. 520 LECrim fijan el plazo en setenta y dos horas como máximo, pasadas las cuales el detenido debe ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial. En delitos relacionados con bandas armadas o terrorismo el plazo puede prorrogarse hasta 48 horas más (5 días en total) mediante autorización judicial previa (art. 520 bis LECrim).

¿Qué es el procedimiento de habeas corpus?

Es el procedimiento sumario y urgente regulado en la LO 6/1984, de 24 de mayo, en desarrollo del art. 17.4 CE. Permite obtener la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. El juez de instrucción del lugar de detención debe resolver en el plazo máximo de 24 horas desde que se incoa el procedimiento. La regla mnemotécnica de Opotips es JUEZ DIMITIÓ en el CHAD.

¿Cuáles son los derechos del detenido?

Vienen recogidos en el art. 520 LECrim e incluyen: ser informado por escrito y de forma comprensible de los hechos y de sus derechos, guardar silencio y no declarar contra sí mismo, designar abogado y entrevistarse reservadamente con él antes de declarar, acceso a las actuaciones, comunicar la detención a un familiar y al consulado en su caso, asistencia médica gratuita, intérprete cuando no comprenda el castellano y la lengua del procedimiento. En Opotips usamos la regla NARCISISTA.

¿Cuáles son los principios del Ministerio Fiscal?

El art. 124 CE y la Ley 50/1981 establecen cuatro principios de actuación: Legalidad, Unidad, Dependencia jerárquica e Imparcialidad. Se memorizan con la regla LUDI. La unidad y la dependencia jerárquica son principios orgánicos (un solo Ministerio Fiscal en toda España bajo la jefatura del Fiscal General del Estado); la legalidad y la imparcialidad son principios funcionales que rigen su actuación.

¿Qué es la Policía Judicial y de quién depende?

Es la función policial de auxilio a la Administración de Justicia para la averiguación del delito y la persecución de sus autores. Está regulada en los arts. 282-298 LECrim y en los arts. 547-550 LOPJ. En sentido genérico la integran todos los miembros de las FFCCSE; en sentido específico las unidades orgánicas adscritas. Tiene dependencia orgánica del Ministerio del Interior (o Defensa para Guardia Civil) y dependencia funcional de jueces y fiscales en las investigaciones concretas.

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