Derechos fundamentales en la Constitución Española: artículos 15 a 29 CE
Derechos fundamentales de la Constitución Española: artículos 15 a 29 CE, tabla para oposiciones, protección reforzada y errores de test clave.
Los derechos fundamentales en la Constitución Española se concentran, en sentido estricto, en los artículos 15 a 29 CE. Están dentro del Título I, Capítulo II, Sección 1.ª, bajo la rúbrica "De los derechos fundamentales y de las libertades públicas". Es uno de los bloques más rentables para oposiciones con parte constitucional.
La clave no es memorizar quince artículos como una lista plana. Hay que saber qué derecho regula cada artículo, qué matices cambian en test y por qué estos derechos tienen protección reforzada. El objetivo es distinguirlos del artículo 14, la Sección 2.ª y los principios rectores.
Dónde están los artículos 15 a 29 CE
La Constitución Española organiza los derechos en el Título I, artículos 10 a 55. Dentro de ese título, el Capítulo II se llama "Derechos y libertades" y se divide en dos secciones:
| Bloque | Artículos | Contenido |
|---|---|---|
| Art. 14 | 14 | Igualdad ante la ley y no discriminación |
| Sección 1.ª | 15 a 29 | Derechos fundamentales y libertades públicas |
| Sección 2.ª | 30 a 38 | Derechos y deberes de los ciudadanos |
| Capítulo III | 39 a 52 | Principios rectores de la política social y económica |
Para test, esta ubicación es esencial: los artículos 15 a 29 no son "todo el Título I", sino la Sección 1.ª del Capítulo II. El artículo 14 no está dentro de esa sección, aunque comparte protección reforzada en el artículo 53.2 CE.
Tabla de derechos fundamentales: artículos 15 a 29 CE
| Artículo | Derecho o libertad | Idea clave |
|---|---|---|
| 15 | Vida e integridad física y moral | Prohibición de tortura y tratos inhumanos o degradantes |
| 16 | Libertad ideológica, religiosa y de culto | Nadie puede ser obligado a declarar sobre sus creencias |
| 17 | Libertad y seguridad | Detención preventiva con límites y habeas corpus |
| 18 | Honor, intimidad, propia imagen e inviolabilidad domiciliaria | Secreto de comunicaciones y límites al uso de la informática |
| 19 | Residencia y circulación | Elegir residencia y circular por territorio nacional |
| 20 | Expresión, información y creación | Libertad de expresión, información veraz, cátedra y producción cultural |
| 21 | Reunión | Reunión pacífica y sin armas; comunicación previa en lugares de tránsito público |
| 22 | Asociación | Asociaciones ilegales o secretas tienen régimen constitucional específico |
| 23 | Participación política | Participar en asuntos públicos y acceder a cargos en igualdad |
| 24 | Tutela judicial efectiva | Defensa, juez ordinario, presunción de inocencia y proceso con garantías |
| 25 | Legalidad penal y sancionadora | Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones no tipificadas previamente |
| 26 | Tribunales de Honor | Prohibidos en la Administración civil y organizaciones profesionales |
| 27 | Educación | Derecho a la educación y libertad de enseñanza |
| 28 | Sindicación y huelga | Libertad sindical y derecho de huelga |
| 29 | Petición | Petición individual y colectiva por escrito |
Vida, libertad e integridad: artículos 15 a 17
El artículo 15 CE abre la Sección 1.ª con el derecho a la vida y a la integridad física y moral. También prohíbe la tortura y las penas o tratos inhumanos o degradantes.
El artículo 16 CE reconoce la libertad ideológica, religiosa y de culto de individuos y comunidades. Tiene tres ideas de examen: la única limitación externa es el orden público protegido por la ley; nadie puede ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias; y ninguna confesión tiene carácter estatal.
El artículo 17 CE protege la libertad personal y la seguridad. Aquí aparecen los límites de la detención preventiva, la información de derechos, la asistencia de abogado y el habeas corpus.
Esfera privada y movilidad: artículos 18 y 19
El artículo 18 CE agrupa honor, intimidad personal y familiar, propia imagen, inviolabilidad del domicilio, secreto de las comunicaciones y límites al uso de la informática.
La inviolabilidad del domicilio exige consentimiento del titular, resolución judicial o flagrante delito. El secreto de las comunicaciones se levanta solo por resolución judicial. El apartado sobre informática es la base constitucional de la protección frente a usos abusivos de datos personales.
El artículo 19 CE reconoce la libertad de residencia y circulación: elegir residencia, circular por territorio nacional y entrar y salir de España en los términos legales. No lo confundas con el artículo 17: el 17 protege frente a privaciones de libertad; el 19 protege movilidad y residencia.
Expresión, reunión y asociación: artículos 20 a 22
El artículo 20 CE reúne expresión, creación literaria, artística, científica y técnica, libertad de cátedra, y derecho a comunicar o recibir información veraz. También prohíbe la censura previa y permite el secuestro de publicaciones solo por resolución judicial.
La expresión protege opiniones; la información protege hechos noticiables y exige veracidad. En test, recuerda: no es "verdad absoluta", sino diligencia razonable en la comprobación.
El artículo 21 CE reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. En reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se exige comunicación previa a la autoridad, no autorización previa. Solo pueden prohibirse cuando existan razones fundadas de alteración del orden público con peligro para personas o bienes.
El artículo 22 CE reconoce el derecho de asociación. Las asociaciones delictivas son ilegales, y las secretas o paramilitares están prohibidas. Su inscripción registral opera a efectos de publicidad.
Participación, tutela judicial y legalidad sancionadora: artículos 23 a 26
El artículo 23 CE protege la participación política: participar en asuntos públicos, directamente o por representantes, y acceder en igualdad a funciones y cargos públicos.
El artículo 24 CE es un artículo estrella: tutela judicial efectiva sin indefensión. Incluye juez ordinario predeterminado por la ley, defensa, asistencia letrada, información de la acusación, proceso público sin dilaciones indebidas, prueba, no declarar contra sí mismo, no confesarse culpable y presunción de inocencia.
El artículo 25 CE contiene la legalidad penal y sancionadora: nadie puede ser condenado o sancionado por conductas que no fueran infracción en el momento de producirse. También orienta penas privativas de libertad y medidas de seguridad hacia reeducación y reinserción social.
El artículo 26 CE prohíbe los Tribunales de Honor en la Administración civil y en las organizaciones profesionales. Es breve y muy reconocible: si el test menciona Tribunales de Honor, piensa en el artículo 26.
Educación, sindicación, huelga y petición: artículos 27 a 29
El artículo 27 CE regula el derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Incluye pleno desarrollo de la personalidad, principios democráticos, creación de centros docentes, participación educativa, inspección y homologación, y autonomía universitaria.
El artículo 28 CE reconoce libertad sindical y derecho de huelga. La sindicación admite limitaciones o peculiaridades para ciertos colectivos; la huelga debe asegurar los servicios esenciales de la comunidad.
El artículo 29 CE reconoce el derecho de petición individual y colectiva, por escrito. Su segundo apartado introduce una regla específica: los miembros de Fuerzas o Institutos armados o de cuerpos sometidos a disciplina militar solo pueden ejercerlo individualmente y conforme a su legislación específica.
Protección reforzada de los derechos fundamentales
Los artículos 15 a 29 CE tienen una posición reforzada por varias vías:
- Reserva de ley orgánica: el desarrollo de derechos fundamentales y libertades públicas debe hacerse mediante ley orgánica, según el artículo 81 CE.
- Tutela preferente y sumaria: el artículo 53.2 CE permite recabar su tutela ante tribunales ordinarios por un procedimiento basado en preferencia y sumariedad.
- Recurso de amparo: en su caso, cabe acudir al Tribunal Constitucional.
- Reforma agravada: si una reforma afecta a la Sección 1.ª del Capítulo II del Título I, entra en juego el procedimiento agravado del artículo 168 CE.
Matiz importante: el artículo 53.2 también incluye el artículo 14 y la objeción de conciencia del artículo 30. Pero la sección propia de derechos fundamentales y libertades públicas es 15 a 29.
Para test
- Los derechos fundamentales en sentido estricto están en los artículos 15 a 29 CE.
- El artículo 14 no está en la Sección 1.ª, pero tiene tutela reforzada por el artículo 53.2 CE.
- El artículo 17 regula libertad personal, detención y habeas corpus.
- El artículo 18 agrupa honor, intimidad, domicilio, comunicaciones e informática.
- Reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público requieren comunicación previa, no autorización.
- Tutela judicial efectiva: artículo 24 CE. Legalidad penal y sancionadora: artículo 25 CE.
- Educación: artículo 27 CE. Sindicación y huelga: artículo 28 CE. Petición: artículo 29 CE.
- La protección reforzada se conecta con los artículos 53.2, 81 y 168 CE.
Errores frecuentes
Llamar derechos fundamentales a todo el Título I
El Título I incluye derechos, deberes, garantías y principios rectores. En sentido técnico, la Sección 1.ª del Capítulo II comprende los artículos 15 a 29 CE.
Meter el artículo 14 dentro de los artículos 15 a 29
El artículo 14 abre el Capítulo II, pero no forma parte de la Sección 1.ª. Aun así, tiene tutela reforzada por el artículo 53.2 CE. Esta doble idea cae mucho en preguntas de ubicación.
Confundir expresión e información
La expresión protege opiniones, ideas y valoraciones. La información se refiere a hechos y exige veracidad. Ambas están en el artículo 20, pero no son idénticas.
Pensar que manifestarse exige autorización
El artículo 21 habla de comunicación previa para reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones. La autoridad puede prohibir o proponer modificaciones solo en los supuestos constitucionalmente previstos.
Olvidar la protección reforzada
Estos derechos tienen mecanismos de defensa más intensos. Por eso debes estudiar los artículos 15 a 29 junto con el artículo 53 CE.
Fuentes oficiales
- BOE: Constitución Española, texto consolidado. Consulta el Título I, especialmente los artículos 15 a 29 y 53.
- Congreso de los Diputados: artículos 15 a 29 de la Constitución Española. Útil para consultar el bloque completo con acceso a sinopsis.
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