Cómputo de plazos administrativos: días hábiles y naturales

Cómo contar plazos administrativos según la Ley 39/2015: horas, días hábiles, días naturales, meses, años, registros y trampas.

Portada de Opotips sobre cómputo de plazos administrativos

Respuesta rápida

Para contar plazos administrativos, empieza por la unidad:

Plazo señalado en... Regla general
Horas Se entienden hábiles salvo norma en contra
Días Se entienden hábiles salvo que la norma diga naturales
Meses o años Se computan de fecha a fecha

La regla que más cae: cuando los plazos se señalen por días, se entienden días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos, salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea diga otra cosa.

Fuente: Ley 39/2015, art. 30.

Orden mental para test

  1. Mira si el plazo está en horas, días, meses o años.
  2. Comprueba si la norma dice expresamente "naturales".
  3. Identifica el día inicial.
  4. Excluye sábados, domingos y festivos si son días hábiles.
  5. Si termina en inhábil, pasa al primer día hábil siguiente.

Plazos por días

Si la norma dice "10 días" y no añade nada más, piensa en 10 días hábiles. No cuentes sábados, domingos ni festivos.

Si la norma dice "10 días naturales", entonces cuentas todos los días. La palabra "naturales" no se presume: tiene que aparecer.

Plazos por meses o años

Los plazos expresados en meses o años se cuentan de fecha a fecha. Si el mes de vencimiento no tiene día equivalente, el plazo termina el último día del mes.

Ejemplo: si un plazo de un mes empieza el 31 de enero, no busques un 31 de febrero. Termina el último día de febrero, salvo ajustes por día inhábil.

Registros electrónicos

La presentación electrónica puede hacerse todos los días del año durante las 24 horas, pero eso no convierte todos los días en hábiles para resolver el plazo. Una cosa es poder presentar y otra el cómputo jurídico del plazo.

Trampas de examen

  1. "Días" no significa días naturales.
  2. Sábado es inhábil en el procedimiento administrativo común.
  3. Meses y años no se convierten en 30 o 365 días.
  4. Presentar electrónicamente en festivo puede desplazar efectos al primer día hábil siguiente según el caso.
  5. El calendario de festivos puede depender del ámbito estatal, autonómico o local.

Mini test

1. La ley dice "plazo de 15 días" sin más. ¿Qué son?
Días hábiles.

2. ¿Los sábados cuentan como hábiles?
No, en la regla general del art. 30 Ley 39/2015.

3. Un plazo de un mes iniciado el 10 de marzo vence:
El 10 de abril, salvo ajuste si fuera inhábil.

4. Un plazo de días naturales excluye domingos?
No. Cuenta todos los días.

Fuentes útiles

Ejemplos resueltos

Plazo de 10 dias habiles

Si te notifican un lunes y el plazo empieza al dia siguiente, empiezas a contar el martes. Excluyes sabados, domingos y festivos. Si el ultimo dia cae en sabado, domingo o festivo, se desplaza al primer dia habil siguiente.

Plazo de 10 dias naturales

Aqui cuentas todos los dias. Sabados y domingos tambien cuentan. Solo ajustarias el vencimiento si la norma aplicable o el regimen de presentacion lo exige para el ultimo dia inhabil.

Plazo de un mes

Si la notificacion produce efectos el 12 de marzo, un mes vence el 12 de abril. No lo conviertas en 30 dias. Si en el mes final no existe dia equivalente, se va al ultimo dia del mes.

Registros electronicos: la trampa moderna

El registro electronico permite presentar documentos todos los dias del ano durante las veinticuatro horas. Pero eso no significa que todos los dias sean habiles para el computo administrativo. En test, separa siempre:

Concepto Idea
Posibilidad tecnica de presentar 24/7 en registro electronico
Computo del plazo Sigue reglas del art. 30
Efectos de presentacion en dia inhabil Puede entenderse realizada en la primera hora del primer dia habil siguiente

Calendarios distintos

Los festivos no siempre son los mismos. Puede haber calendario estatal, autonomico y local. Si un procedimiento pertenece a una comunidad autonoma o entidad local, hay que mirar el calendario aplicable.

Errores de opositor

  1. Contar desde el mismo dia de la notificacion sin revisar la regla.
  2. Convertir un mes en 30 dias.
  3. Olvidar que sabado es inhabil.
  4. Confundir dias naturales con dias habiles.
  5. Pensar que registro electronico elimina festivos.
  6. No desplazar el vencimiento cuando cae en inhabil.

Tabla de supervivencia

Si el enunciado dice... Haz esto
"dias" Cuenta habiles
"dias naturales" Cuenta todos
"meses" Fecha a fecha
"anos" Fecha a fecha
"horas" Horas habiles salvo excepcion
"ultimo dia inhabil" Pasa al siguiente habil

Preguntas frecuentes

¿Los sabados son habiles?

No en la regla general de la Ley 39/2015 para plazos administrativos.

¿Agosto es inhabil?

No como regla general administrativa. Puede haber reglas especificas en otros ordenes o procedimientos, pero no inventes una inhabilidad general de agosto para procedimiento administrativo comun.

¿Que pasa si el plazo acaba en festivo local?

Depende del calendario aplicable al organo y al interesado segun las reglas del art. 30. En examen, si se menciona festivo aplicable, desplaza al primer habil siguiente.

Hazlo ahora: plantilla para contar plazos

Copia este orden en tus apuntes:

  1. ¿El plazo está en horas, días, meses o años?
  2. ¿La norma dice "naturales"?
  3. ¿Desde cuándo empieza a contar?
  4. ¿Hay sábado, domingo o festivo?
  5. ¿El último día es inhábil?
  6. ¿Hay registro electrónico?

Entrenamiento de 10 minutos

Inventa tres fechas con calendario delante:

Caso Fecha inicio Plazo Fecha final
Días hábiles 10 días
Días naturales 10 días naturales
Meses 1 mes

Luego comprueba si has contado sábados o convertido meses en 30 días. Esos dos fallos explican la mayoría de errores en test.

Preguntas frecuentes

¿Los sábados son hábiles o inhábiles en el cómputo de plazos administrativos?

Inhábiles, desde la entrada en vigor de la Ley 39/2015 LPACAP el 2 octubre 2016. El art. 30.2 LPACAP es taxativo: "siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otra cosa, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos". Esto es un CAMBIO IMPORTANTE respecto a la Ley 30/1992 (régimen anterior), que sí los consideraba HÁBILES. Confundir ambos regímenes es uno de los errores más frecuentes en oposiciones.

¿Cuándo empieza a contar el plazo administrativo por días?

El día SIGUIENTE al de la notificación o publicación del acto (art. 30.3 LPACAP). NUNCA el mismo día de la notificación. Por ejemplo: si se notifica un lunes, el plazo empieza a contar el martes (siempre que el martes sea hábil; si no, el siguiente día hábil). Si se notifica un viernes, el plazo empieza el lunes hábil siguiente. El día final coincide con el último día hábil del cómputo; si el último día es inhábil (sábado, domingo, festivo), se prorroga al primer día hábil siguiente (art. 30.6 LPACAP).

¿Cómo se computan los plazos por meses o años?

De FECHA A FECHA (art. 30.4 LPACAP). Si la notificación es el 15 de enero y el plazo es de 1 mes, el último día es el 15 de febrero. Si el plazo es de 1 año, el último día es el 15 de enero del año siguiente. No se cuentan días naturales (no son 30 días en plazos de 1 mes). EXCEPCIÓN: si en el mes de vencimiento no existe día equivalente (notificación 31 de enero, plazo 1 mes), se entiende vencido el ÚLTIMO DÍA DEL MES (28 o 29 de febrero), no el primer día del mes siguiente (art. 30.5). Si el último día es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.

¿Una solicitud presentada en domingo en sede electrónica está en plazo?

Sí. El art. 31 LPACAP establece que los registros electrónicos están operativos las 24 HORAS, TODOS LOS DÍAS DEL AÑO. Cuando el último día del plazo del INTERESADO es inhábil y presenta en sede electrónica, la presentación SE ENTIENDE EN PLAZO. El registro genera recibo electrónico con fecha y hora exactas que sirve como prueba. La diferencia: para el cómputo de plazos de la Administración (cuándo empieza a actuar), la presentación en día inhábil se entiende hecha el primer día hábil siguiente. Pero el interesado no pierde derechos por presentar un domingo si el plazo vence ese día.

¿Puede ampliarse un plazo administrativo?

Sí, conforme al art. 32 LPACAP. La ampliación procede cuando las circunstancias lo aconsejen y siempre que no se perjudiquen derechos de terceros. La cuantía máxima es la MITAD del plazo originario. Puede acordarse de oficio o a petición del interesado, pero siempre ANTES DEL VENCIMIENTO del plazo a ampliar. Requiere resolución motivada. NO procede en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva (vid. art. 68.2 sobre subsanación), donde el principio de igualdad lo impide. Tampoco en plazos preclusivos legalmente o donde la ley lo excluya expresamente.

¿En qué consiste la tramitación de urgencia del art. 33 LPACAP?

Es una modalidad procedimental especial cuando razones de interés público lo aconsejen. Conforme al art. 33 LPACAP, su efecto principal es la REDUCCIÓN A LA MITAD de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. EXCEPCIÓN importante: NO se reducen los plazos para la PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y RECURSOS por parte de los interesados (se protegen sus derechos de defensa). El acuerdo se adopta motivadamente por el órgano competente. Contra el acuerdo de tramitación de urgencia NO cabe recurso autónomo, aunque puede impugnarse junto con la resolución final.

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