Jubilación del funcionario
También se llama: Jubilación forzosa, Jubilación voluntaria, Jubilación por incapacidad
Conocer las modalidades de jubilación del funcionario público.
Revisado el
Qué significa
La jubilación del funcionario puede ser forzosa (edad legal), voluntaria (solicitud cumpliendo requisitos), por incapacidad permanente para el servicio o parcial. Su régimen depende del sistema aplicable (general o Clases Pasivas).
El art. 67 TREBEP enumera las modalidades: jubilación voluntaria (con los requisitos de edad y cotización legales), forzosa (al cumplir la edad legal, 65 años con prórrogas posibles), por incapacidad permanente para el servicio y, en algunos cuerpos, parcial. El régimen específico depende del régimen de Seguridad Social aplicable (general o Clases Pasivas).
Cuándo importa
Cuando aparezca en bases o resolución
Decisión que cambia
Te ayuda a interpretar qué acción toca y qué riesgo hay.
Movimiento correcto
Art. 67 TREBEP para modalidades.
Alarma
Confundir jubilación forzosa con cese disciplinario.
No lo confundas con
Mira primero
- Art. 67 TREBEP para modalidades.
- Ley General de la Seguridad Social y RDLeg 670/1987 para régimen económico.
- Norma autonómica si la AAPP convocante regula prórrogas específicas.
Cómo lo usarías en una convocatoria
Un funcionario de Clases Pasivas cumple 65 años. Por defecto pasa a jubilación forzosa al final del mes. Si quiere seguir activo, solicita la prórroga del art. 67.3 TREBEP: la Administración resuelve según necesidades organizativas. Si tras dos años de prórroga cesa, su pensión se calcula con los haberes reguladores vigentes al cese, no con los del cumplimiento de la edad ordinaria.
Errores que te pueden costar tiempo
Confundir jubilación forzosa con cese disciplinario.
Aplicar la edad del régimen general a quien aún esté en Clases Pasivas (o viceversa).
Olvidar que la prórroga del servicio activo se solicita y se concede potestativamente.
Qué revisar en el texto oficial
- Art. 67 TREBEP para modalidades.
- Ley General de la Seguridad Social y RDLeg 670/1987 para régimen económico.
- Norma autonómica si la AAPP convocante regula prórrogas específicas.
Comprueba si lo tienes claro
¿Qué modalidad de jubilación se produce cuando un funcionario cumple la edad legal sin solicitar prórroga?
No lo confundas con
Conceptos cercanos
Personal funcionario
El personal funcionario es empleado público vinculado a la Administración por una relación estatutaria regulada por Derecho Administrativo. Accede normalmente mediante un proceso selectivo y se integra en cuerpos, escalas, grupos o especialidades según la normativa aplicable.
Concepto relacionadoTREBEP
TREBEP = Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (RDLeg 5/2015). Es el marco común del personal al servicio de las AAPP.