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Ley 4/2023

Igualdad real de personas trans y derechos LGTBI

Revisado con fuentes oficiales el 26 de mayo de 2026

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI es la primera norma estatal con rango legal que regula, de forma integral y horizontal, los derechos de las personas LGTBI y, en particular, las garantías de igualdad real y efectiva de las personas trans en España. Fue publicada en el BOE núm. 51, de 1 de marzo de 2023 y entró en vigor el 2 de marzo de 2023.

La ley se inscribe en el marco del art. 14 CE (igualdad y no discriminación) y completa la legislación estatal de igualdad, junto con la LO 3/2007 de igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la Ley 15/2022, integral para la igualdad de trato y la no discriminación. La Ley 4/2023 derogó parcialmente la Ley 3/2007 reguladora de la rectificación registral del sexo y unificó en un único texto la regulación estatal sobre identidad sexual y orientación afectivo-sexual.

Entre sus contenidos principales: (i) rectificación registral del sexo y del nombre mediante un procedimiento administrativo basado en la voluntad expresa de la persona, sin necesidad de informes médicos ni tratamientos previos para personas mayores de 16 años (con régimen distinto para 12-14, 14-16 y mayores de 16); (ii) prohibición de terapias de conversión sobre la orientación sexual o identidad de género; (iii) medidas en educación, sanidad, laboral, deporte, cultura, medios de comunicación, ocio y entornos rurales para evitar la discriminación y garantizar el respeto a la diversidad sexual y de género; (iv) régimen sancionador con infracciones leves, graves y muy graves, y sanciones hasta los 150.000 € (y, en su caso, complementarias). El Consejo de Participación de las Personas LGTBI es el órgano consultivo previsto por la ley.

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Oposiciones donde aparece

La Ley 4/2023 ha entrado en numerosos temarios actualizados desde 2023, en particular en cuerpos de seguridad (CNP, GC, Policía Local) y en oposiciones administrativas. Conviene comprobar siempre la fecha de actualización de la convocatoria.

Preguntas frecuentes

¿Qué cambió la Ley 4/2023 respecto a la rectificación registral del sexo?

Sustituyó el régimen anterior de la Ley 3/2007, que exigía informe médico y dos años de tratamiento, por un procedimiento administrativo basado en la voluntad expresa de la persona, gestionado por el Registro Civil. Para personas mayores de 16 años solo se exige la solicitud y la ratificación a los tres meses. Para menores entre 14 y 16, asistidos por sus representantes legales. Para menores entre 12 y 14 se requiere autorización judicial. Por debajo de 12 años solo cabe el cambio de nombre.

¿Qué son las terapias de conversión y qué dice la Ley 4/2023?

Son prácticas que pretenden modificar o reprimir la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género. La Ley 4/2023 las prohíbe expresamente con independencia del consentimiento de la persona afectada, salvo en las prácticas estrictamente clínicas autorizadas. El incumplimiento puede constituir infracción muy grave.

¿Cómo se clasifican las infracciones?

En leves, graves y muy graves. Las sanciones económicas escalonadas pueden llegar a los 150.000 €, y pueden imponerse sanciones complementarias como prohibición de contratar con el sector público o de obtener subvenciones públicas durante períodos tasados. Las CCAA pueden establecer su propio régimen sancionador en lo no básico.

¿Qué órganos crea la ley?

El más importante es el Consejo de Participación de las Personas LGTBI, órgano consultivo de carácter colegiado adscrito al Ministerio de Igualdad, con funciones de participación, propuesta y seguimiento de las políticas públicas en la materia. Las CCAA pueden crear órganos análogos.

¿En qué oposiciones entra la Ley 4/2023?

Cualquier oposición pública actualizada desde 2023 con bloque de "Igualdad" o "Derechos humanos y constitucionalismo" tiene posibilidades de incluirla. Está expresamente en muchos temarios de cuerpos de seguridad (CNP, GC, Policía Local), de la AGE, autonómicos y locales, junto a la LO 3/2007 y la LO 1/2004.

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