OPOTIPS · ESQUEMA 📖TREBEP 📖 Título III, Capítulo IV
🗣️ CAPÍTULO IV. Negociación colectiva, representación y derecho de reunión (Arts. 31 al 46)
💡 Opo-Tip: Muy preguntables:
- Art. 33: Principios de negociación.
- Art. 37: Qué se negocia y qué NO.
- Art. 39: Delegados vs. Juntas (escalas numéricas).
- Art. 41: Crédito horario (escala numérica).
- Art. 46: Derecho de reunión (quién convoca).
🧭 Artículo 31 | Principios generales
- Derecho a negociación colectiva, representación y participación institucional.
- Negociación colectiva = negociar condiciones de trabajo.
- Representación = elegir representantes y órganos unitarios.
- Participación institucional = participar, vía sindicatos, en órganos de control/seguimiento.
👷 Artículo 32 | Personal laboral
- Su negociación y representación se rige por la legislación laboral.
- Convenios y acuerdos deben cumplirse, ⚠️ salvo: suspensión/modificación excepcional por grave interés público derivado de alteración económica grave.
🏛️ Artículo 33 | Negociación colectiva
- Principios: legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia.
- Se realiza en Mesas de Negociación.
- Están legitimados sindicatos más representativos y los que tengan 10% o más de representación en ese ámbito.
🪑 Artículo 34 | Mesas de Negociación
- Hay Mesa General en: AGE, cada CCAA, Ceuta y Melilla, y entidades locales.
- Puede haber Mesas Sectoriales.
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