OPOTIPS · ESQUEMA 📖 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 📖 Título I, Capítulo V
🛑 CAPÍTULO QUINTO: Suspensión de los derechos y libertades (Art. 55) 🚨 Artículo 55 Suspensión de derechos 1.
🛑 CAPÍTULO QUINTO: Suspensión de los derechos y libertades (Art. 55)
🚨 Artículo 55 | Suspensión de derechos
1. Suspensión General (Estado de Excepción o de Sitio):
- Se pueden suspender derechos específicos (ej. tiempo máximo de detención, inviolabilidad de domicilio, secreto de comunicaciones, libertad de expresión, derecho de huelga).
- ⚠️ ¡Ojo trampa! El derecho del detenido a ser informado de sus derechos y a la asistencia de abogado (Art. 17.3) NO se suspende en estado de excepción (solo se puede suspender en estado de sitio).
2. Suspensión Individual (Bandas armadas / Terrorismo):
- A personas determinadas se les puede suspender: el plazo máximo de detención preventiva (Art. 17.2), la inviolabilidad del domicilio (Art. 18.2) y el secreto de las comunicaciones (Art. 18.3).
- Requisitos: Debe estar regulado por Ley Orgánica y contar con la necesaria intervención judicial y el adecuado control parlamentario.
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