OPOTIPS · ESQUEMA 📖 CÓDIGO CIVIL 📖 Eximentes, agravantes y atenuantes
🛡️😇 CAPÍTULO II. Causas que eximen de la responsabilidad (Eximentes) (Artículos 19 y 20)
Están exentos de responsabilidad criminal:
- 👶 Minoría de edad (Art. 19): Menores de 18 años (Ley de Responsabilidad Penal del Menor).
- 😵💫 Anomalía / Alteración psíquica o Trastorno mental transitorio (Art. 20.1): Si el trastorno no es provocado a propósito para delinquir.
- 🍻 Intoxicación plena o Síndrome de abstinencia (Art. 20.2): Drogas, alcohol, si no fue buscado para delinquir ni debiera haberse previsto.
- 👁️🗨️ Alteración en la percepción (Art. 20.3): Desde el nacimiento o infancia, que altere gravemente la conciencia de la realidad.
- 🤺 Legítima Defensa (Art. 20.4). Requiere 3 requisitos:
- 💥 Agresión ilegítima previa. (Bienes: peligro inminente; Morada: entrada indebida).
- ⚖️ Necesidad racional del medio empleado.
- 🕊️ Falta de provocación suficiente del que se defiende.
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