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OT OPOTIPS · ESQUEMA
📖 CÓDIGO CIVIL 📖 FUENTES DEL DERECHO VECINDAD CIVIL
GENERAL 16 de marzo de 2026

📍 ARTÍCULO 14 | Vecindad Civil: Criterios, Adquisición y Efectos

1. Criterio general

La sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la vecindad civil.

2. Vecindad por filiación y adopción

  • Nacidos: Tienen vecindad civil los nacidos de padres que tengan tal vecindad.
  • Adoptados: Por la adopción, el adoptado no emancipado adquiere la vecindad civil de los adoptantes.

3. Padres con distinta vecindad civil

Si al nacer el hijo, o al ser adoptado, los padres tuvieren distinta vecindad civil, el hijo tendrá (por este orden de prelación):

  1. 🥇 La que corresponda a aquél de los dos respecto del cual la filiación haya sido determinada antes.
  2. 🥈 En su defecto, tendrá la del lugar del nacimiento.
  3. 🥉 En último término, la vecindad de derecho común.
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